CASA ESQUINA EN PUNTA DEL ESTE
Descripción: Dirección: Av. Lincoln y Londres.
Padrón: 3066, Punta del Este, Maldonado.
(altura Parada 15 Playa Mansa a 6 cuadras de la Playa a 3 de Av. Roosevelt)
Superficie terreno: 467 m2
Superficie construida (catastro): 130 m2
Comodidades: No se ingresó a la propiedad se desconoce su distribución.
Detalles DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)
Al 26/11/2019 según información telefónica de la Intendencia de Maldonado.
QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria:
No tiene deuda.
Paga anualmente según último ejercicio $ 55.136.-
Primaria:
Debe $ 46.274.- (aprox. US$ 1.251.-)
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 1.872.-
PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en US$
CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago debe hacerlo con letra de cambio o transferencia bancaria en el acto de remate.
En caso de abonar con transferencia deberá gestionar en su Banco antes de la subasta las habilitaciones necesarias para poder realizarla en el mismo acto de remate.
¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Sugerimos hacer la letra por el 40% de forma de quedar cubierto.
¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.
LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC).
ATENCIÓN CONSIDERANDO LA LEY DE INCLUSIÓN FINANCIERA Y DECRETOS REGLAMENTARIOS, LA LETRA DE CAMBIO DEBE ESTAR CRUZADA Y A NOMBRE DEL ADQUIRENTE.
VISITAS, OCUPANTES.
El bien se encuentra ocupado.
De los certificados registrales no surge ningún arrendamiento inscripto.
DATOS DEL JUZGADO
Juzgado Letrado Civil 7°T° IUE 2-47540/2018
Pasaje de los DDHH 1309, Piso 1, Montevideo.
Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.
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EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil
de 7º Turno, dictada en autos: “GONZALEZ,
ARIEL C/ ARBITEC SOCIEDAD ANONIMA
y otro - EJECUCIÓN DE HIPOTECA”
IUE 2-47540/2018, se hace saber que el 11
de diciembre de 2019 a partir de las 10:30
horas en Av. Uruguay 826 por intermedio
del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula
Nº 5555 RUT 212276850013 en acto presidido
por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se
procederá a la venta en pública subasta, sin
base, en dólares americanos (US$) y al mejor
postor del siguiente bien inmueble: fracción
de terreno con su edificio y demás mejoras
ubicado en la manzana catastral número
487 de la Localidad Catastral Punta del Este,
departamento de Maldonado, zona urbana,
empadronada con el número 3.066, antes
padrón 1950 en mayor área, señalada con
el número 1 de la manzana 3 en el plano de
amanzanado y fraccionamiento levantado
por el Agrimensor Carlos A. Mac Coll en
agosto de 1940, inscripto con el número 134
en la Oficina Departamental de Catastro de
Maldonado el 7 de Octubre del citado año,
compuesta de una superficie de 467 metros
50 decímetros. Se deslinda de la siguiente
manera: al suroeste 27,50 metros de frente a
la calle de 17 metros de ancho, al noroeste 17
metros también de frente por ser esquina a
la calle 20 metros de ancho, al noreste 27,50
metros lindando con el solar 4, al sureste 17
metros lindado con el solar 2, ambos solares
del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El
mejor postor deberá consignar por concepto
de seña el 30% de su oferta, en dólares (US$) y
que serán de su cargo la comisión de compra
del Rematador o sea el 3,66 %. Dicho pago
deberá realizarse en el acto y si el precio
total de lo rematado superare las U.I. 40.000,
se hará efectivo mediante letra de cambio
cruzada, cheque certificado o transferencia
electrónica de una entidad bancaria de plaza,
cumpliendo con las leyes 19.210 y 19.478
y sus decretos reglamentarios. En caso de
abonar con transferencia electrónica el mejor
postor deberá tomar los recaudos necesarios
ante la sucursal de su Banco a efectos de
tener disponibles los montos necesarios al
momento de la realización de la subasta. 2)
Se desconoce: el estado ocupacional del bien;
la existencia de arrendamientos; la situación
actual de las construcciones ante BPS. 3) El bien
registra deuda por concepto de Contribución
Inmobiliaria y Primaria, únicos rubros a
descontar del saldo de precio de la subasta.
4) El bien no cumple con el art. 178 Ley 17296.
5) El plazo para consignar el saldo de precio
por el mejor postor, será de 20 días corridos a
partir del día hábil siguiente a la notificación
del auto aprobatorio del remate, que no se
interrumpirá ni por las ferias judiciales ni
semana de turismo. Dicha cancelación deberá
realizarse y documentarse de acuerdo a lo
establecido en el Art. 40 de la Ley 19.210 y su
decreto reglamentario. 6) La subasta se realiza
en las condiciones que surgen del expediente,
información registral de fecha 21/10/2019 y
documentación agregada, la que se encuentra
a disposición de los interesados en la oficina
del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales
Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer
Piso.
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